El contribuyente será el responsable de demostrar al ayuntamiento que no tiene que pagar el impuesto de plusvalía
elmundo.es
Tanto el Ministerio de Hacienda como la portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, insistieron ayer y también en los días precedentes en que, con el nuevo impuesto sobre el Incremento Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, «los ciudadanos que no hayan ganado en una operación de compra venta, no tendrán que abonar el impuesto de plusvalía». Y lo hicieron porque no siempre ha sido así, pero lo que no dijeron es que el responsable de demostrar al ayuntamiento correspondiente que no debe pagar el mencionado gravamen, será el propio contribuyente. Esto es, que el consistorio aplicará el impuesto y sólo si el interesado demuestra, en tiempo y forma, que no debe abonarlo evitará pagar algo que ya por definición no tendría que abonar.
«El interesado en acreditar la inexistencia de incremento de valor deberá declarar la transmisión, así como aportar los títulos que documenten la transmisión y la adquisición. Para constatar la inexistencia de incremento de valor, como valor de transmisión o de adquisición se tomará el que sea mayor de entre el que conste en el título que documente la operación o el comprobado», explica Hacienda.
El motivo de esta obligación para el contribuyente, añaden fuentes del departamento que dirige María Jesús Montero, es que «los ayuntamientos no tienen la capacidad» para saber si se ha producido ese incremento de valor. Y no contemplan en absoluto que sea el propio consistorio el que demuestre si se ha producido la ganancia, pero sí subrayan que el de plusvalía es un «impuesto potestativo», por lo que si algún ayuntamiento quiere no aplicarlo tiene total libertad.
Otro punto importante de la nueva norma que aprobó el Consejo de Ministros es que se tramitará como un decreto ley. Y esto abre la puerta a que se produzcan nuevas reclamaciones y recursos. «La nueva plusvalía nace mal: es de dudosa constitucionalidad que se apruebe por decreto ley», explica Patricia Suárez, presidenta de la Asociación Usuarios Financieros (Asufin). «Existe un riesgo de inconstitucionalidad en la nueva regulación de la base imponible de la plusvalía municipal, al diseñar uno de los elementos esenciales del tributo prescindiendo de una ley ordinaria», inciden los Técnicos de Hacienda.
No será retroactivo, esto es, que las operaciones transcurridas desde que el TC se pronunció el pasado 26 de octubre y el momento en el que el impuesto entre en vigor, no estarán gravadas. Y sobre la fórmula en la que se calculará el nuevo impuesto, el ciudadano tendrá dos opciones. «La base imponible será el resultado de multiplicar el valor catastral por unos nuevos coeficientes que tendrán en cuenta la realidad inmobiliaria o se determinará por la diferencia entre el precio de venta y el de adquisición», explica Hacienda, que al mismo tiempo subraya el hecho de que los contribuyentes podrán escoger la «más beneficiosa».
Por último, el texto incluye una medida con la que se pretende atacar a las operaciones «especulativas». «Serán gravadas las plusvalías generadas en menos de un año, es decir, las que se producen cuando entre la fecha de adquisición y de transmisión ha transcurrido menos de un año y que, por tanto, pueden tener un carácter más especulativo», apunta el Ministerio de Montero.