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Cuatro errores en la renta que se sancionan con hasta el 150% de la cantidad a pagar

cincodias.elpais.com

La campaña de la Renta entra en su última semana. El conteo regresivo, sumado al laberinto informativo que supone la web de la Agencia Tributaria para muchos españoles, dispara el temor de los contribuyentes a cometer errores en su declaración y tener que pagar una multa a Hacienda. Las sanciones pueden alcanzar hasta unos 30.000 euros, de acuerdo con TaxScouts, la plataforma online para presentar impuestos, cuyo informe más reciente sobre la Declaración de la Renta y Política Fiscal Española arroja que uno de cada dos españoles reconoce su miedo a equivocarse en la presentación de sus impuestos.

“Encaramos la recta final de la campaña de la renta de este año y son muchos los españoles que todavía no han presentado su declaración de la renta. Es importante que los ciudadanos se tomen el tiempo necesario para revisar correctamente todos los datos y la documentación aportadas para evitar incurrir en errores que pueden llegar a ser muy costosos”, afirma Jaume Suñol, General Manager de TaxScouts España. En este sentido, la fintech británica destaca cuatro puntos a considerar para evitar ser sancionados por la Agencia Tributaria.

Incumplimiento de plazos: hasta el 150% de la cantidad a pagar

Existen varios escenarios en el caso de que Hacienda detecte un incumplimiento de la presentación de la declaración de la renta, dependiendo de si el resultado es a pagar o a devolver y de si se presenta antes de que requiera Hacienda.

Si el resultado es a devolver y se presenta antes de que Hacienda lo requiera, habrá un recargo de 100 euros. Mientras que, si se presenta antes de que lo requiera pero el resultado es a pagar, el recargo irá aumentando según los meses de retraso con los que se presente: 5% de recargo si se presenta tres meses tarde, 10% si el retraso es de seis meses y hasta el 20% si el retraso es de 12 meses o más.

En el caso de que la declaración sea a pagar, y Hacienda requiera la presentación, se impondrá una multa que, dependiendo de si se considera infracción grave o leve, puede ser de entre el 50% y el 150% de la cantidad a pagar.  En el improbable caso de que con resultado a devolver Hacienda requiera para que se presente, se devolverá el importe que corresponda, pero se impondrá una sanción económica de 200 euros.

Errores en la declaración que favorecen al contribuyente

A pesar de que la Agencia Tributaria no pueda imponer sanciones por equivocaciones en la renta, sí lo puede hacer cuando la resolución de los errores cometidos favorezcan al contribuyente y, cuanto más tarde sea subsanado el error, mayor recargo podrá aplicar la Agencia Tributaria. Así, la solución de errores tres meses después del plazo es del 5%, a los seis meses del 10%, a los 12 meses del 15% y, después de ese plazo, el recargo sube al 20%.

Presentación de documentación falsa

Las facturas, documentos y justificantes que sean ilegales y supongan un beneficio para el contribuyente en la Declaración de la Renta superior a 3.000 euros podrán ser objeto de sanción de entre el 50% y el 100% del importe.

Omisión de información

En el caso de que el contribuyente utilice métodos fraudulentos para defraudar a Hacienda, se considerará una infracción grave y la sanción puede llegar hasta el 150% según el daño causado. En el caso de que el fraude sea millonario, las multas pueden conllevar penas como ayudas públicas, subvenciones e incluso la suspensión profesional.

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