201902.05
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CLÁUSULA SUELO. RESTITUCIÓN de CANTIDADES. RETROACTIVIDAD e INTERESES

Conforme a recientes Sentencias, se estima que procede la restitución íntegra de las cantidades cobradas a los consumidores afectados por aplicación de la denominada cláusula suelo, sin la limitación temporal apreciada en la sentencia de primera instancia. SAP Madrid nº 603/2018 Sección 28ª 12/11/2018. Igualmente, la consecuencia de la abusividad es actuar como si la cláusula de gastos nunca se hubiera incluido en el contrato. Se trata de una situación asimilable al enriquecimiento injusto, en tanto que el banco se habría lucrado indebidamente al ahorrarse unos costes que legalmente le hubiera correspondido asumir y que, mediante la cláusula abusiva, desplazó al consumidor. La entidad bancaria deberá abonar el interés legal desde la fecha en que el consumidor realizó los pagos. STS nº 725/2018 Civil 19/12/2018

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